ARTÍCULOS

Evaluación del acuerdo de Nueva Imperial y su impacto en la realidad indígena chilena, desde la percepción de la dirigencia aymara

René Patricio Aguilera Barraza.
Universidad Católica del Norte de Antofagasta, Universidad Tarapacá de Arica, Chile

RESUMEN

Este escrito revisa críticamente, desde el pensamiento de la dirigencia aymara, las repercusiones que tuvo el Acuerdo de Nueva Imperial en la realidad indígena chilena, protocolo acuñado, el año 1989, entre los pueblos precolombinos (Mapuche, Rapa Nui, Kolla, Atacameño y Aymara) y los partidos políticos opositores a la dictadura de Augusto Pinochet Ugarte. En él, el movimiento indígena contraía la obligación de apoyar al candidato presidencial Sr. Patricio Aylwin Azocar. A cambio, el entonces candidato de la Concertación de Partidos Políticos por la Democracia, si era electo Presidente de la República, se comprometía a resolver las siguientes demandas indígenas. Primero, elaborar un marco jurídico en favor del desarrollo de los pueblos originarios, punto resuelto con la promulgación de la Ley Indígena Nº 19.253, un 5 de octubre de 1993. Segundo, reconocer constitucionalmente a los pueblos indígenas; y tercero, ratificar el Convenio 169 de la OIT en territorio nacional. El punto dos y tres del Acuerdo de Nueva Imperial permanecen pendientes hasta nuestros días, sin que exista, por parte de las elites de poder que rodean al Estado, la voluntad política para ser aprobados.

ABSTRACT

This paper is a review of the way in which the Agreement of Nueva Imperial impacted in the Chilean indigenous scenario, from the critical perception of the aymara leadership. The protocol was signed in 1989, between the pre-Columbian groups (Mapuche, Rapa Nui, Kolla, Atacameño and Aymara) and the political parties opposed against the dictatorship of Augusto Pinochet Ugarte. According to the contents of the agreement, the indigenous movement was obligated to support the presidential candidate Mr. Patricio Aylwin Azocar. In return, the candidate, if elected as President of the Republic, would attend the following indigenous demands: First, to establish a legal structure for the economic development of these groups. This point was accomplished with the Indigenous Law Nº 19,253, 5 of October of 1993. Second, to recognize the indigenous groups in the Constitution; and third, to ratify the ILO Convention 169 in the national territory. Points two and three in the Agreement of Nueva Imperial are still pending to be accomplished, and there are not indicators nor intention from the empowered elites to accomplish them.



AIBR -El Rincon del Antropologo